El arraigo por formación es una autorización de residencia temporal dirigida a ciudadanos extranjeros que se encuentran en España sin una situación legal regular y desean acceder a un permiso de residencia mediante la realización de una formación profesional. A partir de 2025, esta figura legal también se conoce como arraigo socioformativo, lo que refuerza su carácter doble: por un lado, facilitar la integración social y, por otro, potenciar la capacitación para el empleo.
Este permiso tiene una duración inicial de 12 meses y puede prorrogarse por otros 12 si la duración de la formación lo justifica. Una de las principales novedades en 2025 es que durante el periodo de vigencia del arraigo por formación se permite trabajar de forma legal mientras se realiza el curso, lo que mejora significativamente las condiciones de integración del solicitante.
Para poder acogerse a esta modalidad de residencia, es necesario cumplir con ciertos requisitos generales:
Permanencia en España: Debes demostrar que has residido en España de manera continuada durante al menos dos años. Esto implica no haber salido del país más de 90 días en ese periodo.
Situación administrativa: No contar con un permiso de residencia legal vigente en el momento de la solicitud.
Ausencia de antecedentes penales: No debes tener antecedentes penales en España ni en los países en los que hayas residido anteriormente en los últimos cinco años.
Compromiso de formación: Es imprescindible comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo. Esta puede ser un certificado de profesionalidad, un ciclo de formación profesional (FP), formación promovida por el SEPE, o incluso formación universitaria orientada al empleo.
Informe de integración: Desde 2025, también se exige presentar un informe de integración social emitido por la comunidad autónoma o ayuntamiento correspondiente.
La formación elegible para el arraigo socioformativo debe cumplir con ciertos requisitos formales. En general, se aceptan los siguientes programas:
Certificados de profesionalidad (nivel 1, 2 o 3)
Ciclos de Formación Profesional básica, media o superior
Cursos oficiales de los servicios públicos de empleo
Programas universitarios de formación permanente orientados al mercado laboral
Es fundamental que la formación esté orientada al empleo y tenga reconocimiento oficial en el sistema educativo o laboral español. La simple realización de un curso no oficial o no vinculado a una profesión regulada no será suficiente.
El proceso de solicitud se realiza ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas. Los pasos básicos son los siguientes:
Reunir documentación: Empadronamiento, pruebas de estancia en España (como facturas, historial médico, escolarización de hijos, etc.), antecedentes penales y documentación que acredite tu intención de formarte (preinscripción o reserva de plaza en un curso válido).
Presentar la solicitud: La solicitud puede presentarse presencialmente o por vía telemática. Una vez concedida, dispones de un plazo de tres meses para acreditar tu matrícula formal en la formación comprometida.
Prórroga y paso a residencia laboral: Si el curso es más largo que 12 meses, puedes solicitar una prórroga. Una vez finalizado y superado el curso, tendrás la posibilidad de solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena si dispones de una oferta laboral.
Permite regularizar la situación legal en España sin necesidad de tener un contrato de trabajo inicial.
Ofrece la posibilidad de trabajar legalmente mientras realizas la formación.
Brinda una vía estructurada hacia la integración, facilitando el acceso a empleos cualificados.
Aumenta las oportunidades laborales al mejorar la formación y las competencias profesionales.
¿Puedo solicitar el arraigo por formación si tengo hijos en España?
Sí, tener hijos en España no impide la solicitud. De hecho, puede reforzar tu integración social, pero no sustituye ninguno de los requisitos principales.
¿Y si no consigo plaza en el curso dentro del plazo de 3 meses?
La autorización podría extinguirse si no acreditas tu matrícula en ese periodo, por lo que es esencial gestionar la inscripción lo antes posible.
¿Qué pasa si abandono el curso?
Si no completas la formación, perderás la posibilidad de acceder a la residencia de trabajo posterior, y tu permiso de residencia podría no ser renovado.
El arraigo por formación representa una excelente oportunidad para personas extranjeras que desean establecerse legalmente en España y mejorar sus perspectivas laborales. A través de la formación profesional, se abre una puerta no solo a la residencia, sino también a una integración real en el entorno económico y social. Si cumples los requisitos, esta opción puede ser una vía sólida para construir un nuevo futuro en España.